Seguro Ecuestre
Al paso, al trote o al galope, siempre seguro
Seguro Ecuestre
En el artículo 1.905 del Código Civil dice que: “El poseedor de un animal o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe...”
Su caballo no se merece otro seguro que no sea este.
- Producto exclusivo, sin competencia en cuanto a coberturas y primas.
- Facilidad en la contratación de la póliza (sólo se necesitará cuestionario firmado y certificado firmado por el veterinario del tomador).
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