Garantías Seguro Impago de Alquileres para Locales y Oficinas
¿Hasta dónde puede cubrir este seguro?
Garantías Seguro Impago de Alquileres para Locales y Oficinas
- Impago de alquiler:
- Cubre el Impago del importe del Alquiler
- Adelanto de rentas impagadas.
- Defensa Jurídica:
- Defensa de los derechos relativos al local de negocio.
- Defensa y reclamación en contratos de arrendamiento.
- Defensa de los derechos de otros seguros.
- Defensa penal.
- Reclamación de daños materiales.
- Reclamación en contratos de reparación y mantenimiento.
- Asistencia Jurídica Telefónica.
- Actos vandálicos al continente.
- Contratos de arrendamiento de locales ASEGURABLES:
- Contratos sujetos a la L.A.U.
- Local destinado exclusivamente a uso comercial, oficina o despacho.
- Defensa de derechos relativos al local:
- Conflictos con vecinos situados a menos de 100 metros por infracción de normas relativas a ruidos, actividades molestas, nocivas o peligrosas. Además, por cuestiones relativas a servidumbres, de paso, luces, vistas distancias y límites.
- Defensa y Reclamación de sus intereses frente a la Comunidad de propietarios donde esté situado el local arrendado.
- Defensa Penal como miembro de la Junta de Copropietarios.
- Reclamación por incumplimiento de prestación de servicios:
- Obras.
- Reparación.
- Conservación o mantenimiento
- Defensa y Reclamación de los derechos del contrato de arrendamiento:
- Cubre cualquier conflicto judicial derivado del contrato de arrendamiento, como juicios por falta de pago o por obras no consentidas.
- Defensa y Reclamación por incumplimiento de otras aseguradoras:
- Relativos al local de negocio arrendado.
- Por incumplimiento contractual de otras aseguradoras privadas o del Consorcio de Compensación de Seguros en las pólizas de seguro en vigor.
- Defensa Responsabilidad Penal del asegurado:
- En procesos seguidos por imprudencia, impericia o negligencia relacionados con el local de negocio arrendado.
- Incluye la constitución de fianzas para obtener su libertad provisional o responder al pago de las costas judiciales.
- Reclamación de daños:
- Causados por terceros, incluso dolosamente, al local de negocio arrendado y a las cosas muebles situadas en su interior, propiedad del asegurado.
- Se excluyen los daños consecuencia del incumplimiento de una relación contractual.
- Reclamaciones a sus inmediatos vecinos por incumplimiento de normas legales en relación con emanaciones de humos, gases, ruidos u otras actividades molestas, insalubres o nocivas que repercutan directamente en la continuidad del arrendamiento del local.
- Reclamación por incumplimiento de contratos de reparación y/o mantenimiento:
- Por incumplimiento de los contratos de servicios de reparación o mantenimiento de las instalaciones del local de negocio arrendado (agua, gas, electricidad, calefacción...).
- Cuando el pago de tales servicios corresponda y haya sido satisfecho por el Asegurado.
- Asistencia Jurídica Telefónica:
- Facilitada por un abogado.
- En prevención de cualquier cuestión legal sobre el alcance de los derechos/intereses que, con carácter general, le asistan como arrendador, así como la forma en que mejor pueda defenderse.
- Asistencia legal por desahucio:
- Vía amistosa o vía judicial.
- Quedando garantizados los juicios por desahucio por falta de pago, a partir de la segunda mensualidad impagada.
Gastos cubiertos:
- Honorarios del abogado.
- Derechos del procurador.
- Gastos notariales.
- Honorarios de peritos y dictámenes Técnico-actuariales.
- Costas judiciales.
- Constitución de fianzas en procesos penales con los objetivos siguientes:
- Obtener la libertad provisional.
- Avalar la presentación al juicio.
- Responder del pago de las costas.
- Indemnización por actos vandálicos al continente:
- Deterioros inmobiliarios al continente causados por el inquilino.
- Robo de continente por parte del inquilino.
Los términos e información expresados en esta página sobre las Garantías están supeditados a las condiciones generales y especiales de aplicación en cada entidad aseguradora que se pueda elegir, así como a la modalidad de seguro que se contratase.